El Juzgado n.1 De Gijón ha reconocido el derecho al trabajador Vigilante de Seguridad afiliado al Sindicato Alternativa Sindical a cobrar dietas y condena a ILUNION a abonar 850 euros en dietas, toda vez que al compañero que se le había asignado turno de trabajo desde las 20.00h a las 8.00h fue sacado de su servicio habitual para desplazarse a Figaredo, durante varios meses, teniendo por tanto que cenar fuera de su domicilio habitual.
Por ello el Juzgado condena a ILUNION, empresa que se negaba a abonar dichas dietas a abonar la cantidad de 850 euros en este concepto.
Adjuntamos fallo.