En este momento estás viendo Reclamar los Gastos Hipotecarios es Posible! La Experta en Derecho Bancario, Concepción Olivares, nos Guía en el Proceso Legal

Reclamar los Gastos Hipotecarios es Posible! La Experta en Derecho Bancario, Concepción Olivares, nos Guía en el Proceso Legal

Reclamar los Gastos Hipotecarios: Un Análisis Detallado de la Sentencia del TJUE

Este 25 de enero de 2024 ha marcado un hito en la lucha de los consumidores europeos por reclamar los gastos de formalización de hipoteca. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha arrojado luz sobre las complejidades legales y ha reafirmado la posición «pro consumidor» de la justicia europea. Y, ¿quién mejor para guiarnos en este proceso que la destacada experta en derecho bancario, Concepción Olivares?

Análisis Detallado de la Sentencia del TJUE

La sentencia aborda cuestiones cruciales que afectan directamente a los consumidores que desean reclamar los gastos de hipoteca. El plazo de prescripción, un tema central en esta batalla legal, ha sido el foco de atención. El TJUE ha establecido de manera clara y categórica que el plazo no puede empezar a contar hasta que el consumidor tenga conocimiento de los hechos que determinan la abusividad de la cláusula contractual en su préstamo hipotecario.

En otras palabras, el consumidor no solo debe conocer los hechos, sino también la valoración jurídica, lo que implica entender los derechos que le otorga la Directiva 93/13 de la Unión Europea. Esto significa que el plazo de prescripción no se inicia en el momento en que se pagan los gastos hipotecarios ni cuando se emite una sentencia que declare la abusividad de la cláusula, sino cuando el consumidor evalúa la cláusula y se pronuncia su nulidad mediante una sentencia judicial. Es en ese instante cuando el consumidor toma conciencia de la abusividad y sus consecuencias.

Respuestas a Preguntas Cruciales

La sentencia del TJUE responde de manera clara a dos preguntas fundamentales: ¿Prescriben las reclamaciones de gastos de hipoteca desde la firma del contrato de préstamo? y ¿Prescriben desde la sentencia del Tribunal Supremo español?

En respuesta a estas cuestiones, el TJUE establece que el plazo de prescripción no puede iniciarse antes de que el consumidor tenga conocimiento de los hechos determinantes de la abusividad de la cláusula contractual. Además, destaca que el consumidor no necesita conocer solo los hechos, sino también su valoración jurídica y los derechos conferidos por la Directiva 93/13. Esto descarta la idea de que el plazo de prescripción comience con la consolidación de jurisprudencia nacional sobre la nulidad de cláusulas similares, ya que el consumidor puede no estar al tanto de esta jurisprudencia que protege sus derechos.

Resumen y Valoración de la Sentencia

El TJUE, en su papel de defensor de los derechos del consumidor, rechaza las posturas tradicionales de las entidades bancarias. No acepta que el plazo empiece a contar cuando la cláusula agota sus efectos, es decir, cuando se pagan los gastos de constitución del préstamo. Asimismo, descarta la noción de que el plazo inicie con la existencia de jurisprudencia consolidada. El tribunal recuerda la posición de desigualdad en la que se encuentra el consumidor frente al perfil profesional de las entidades bancarias.

Concepción Olivares: Tu Guía Experta en Derecho Bancario

En este proceso legal, contar con la orientación de una experta en derecho bancario como Concepción Olivares es esencial. Su experiencia y conocimiento del panorama legal te permitirán navegar por las complejidades del sistema y reclamar tus derechos de manera efectiva.

La sentencia del TJUE ha marcado un precedente importante, y ahora, con la guía de Concepción Olivares, los consumidores tienen una sólida base para reclamar los gastos hipotecarios de manera informada y respaldada por la ley. ¡No dejes que los plazos te limiten! La justicia está de tu lado, y Concepción Olivares te mostrará el camino hacia la restitución de las cantidades pagadas indebidamente.

En un giro favorable para los consumidores, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia el 25 de enero de 2024 que aborda cuestiones cruciales sobre los plazos de prescripción para las reclamaciones de gastos de formalización de hipotecas. Esta decisión refuerza la posición «pro consumidor» de la justicia europea, destacando que el plazo de prescripción no comienza en el momento del pago de los gastos hipotecarios ni desde la sentencia del Tribunal Supremo que declara la abusividad de la cláusula.

El Plazo de Prescripción y el Conocimiento del Consumidor

La sentencia del TJUE responde a dos preguntas fundamentales: ¿Prescriben las reclamaciones de gastos de hipoteca desde la firma del contrato de préstamo? y ¿Prescriben desde la sentencia del Tribunal Supremo español?

La respuesta es clara: el plazo de prescripción no puede iniciar antes de que el consumidor tenga conocimiento de los hechos que determinan la abusividad de la cláusula contractual. Esto implica que el consumidor no solo debe conocer los hechos, sino también su valoración jurídica, incluyendo los derechos otorgados por la Directiva 93/13 de la Unión Europea.

En términos prácticos, la sentencia sugiere que el plazo de prescripción puede comenzar después de que la cláusula de gastos sea evaluada y declarada nula por sentencia judicial. Es en este momento cuando el consumidor adquiere el conocimiento de la abusividad de la cláusula y sus efectos.

La Interpretación de la Directiva 93/13

La sentencia del TJUE también destaca que la Directiva 93/13 se opone a una interpretación jurisprudencial nacional que considera la existencia de una jurisprudencia consolidada como prueba del conocimiento del consumidor sobre la abusividad de la cláusula. Esto descarta la idea de que el plazo comience cuando hay una jurisprudencia establecida, ya que el consumidor no necesariamente está al tanto de dicha jurisprudencia que protege sus derechos.

Resumen y Valoración de la Sentencia

El TJUE no se opone a la prescripción de la acción para la restitución de los gastos hipotecarios, pero establece de manera contundente que el plazo debe comenzar cuando el consumidor tiene conocimiento de la abusividad de la cláusula de gastos y sus consecuencias.

Este fallo representa un rechazo claro a las posturas defendidas por las entidades bancarias. En primer lugar, se opone a que el plazo inicie cuando la cláusula agota sus efectos, es decir, cuando el consumidor realiza el pago de los gastos de constitución del préstamo. Además, rechaza la idea de que el plazo de prescripción comience con la existencia de jurisprudencia consolidada. El TJUE argumenta que el consumidor se encuentra en una posición de inferioridad frente al perfil profesional de las entidades bancarias.

Conclusiones y Acciones a Seguir

En este contexto, los consumidores que hayan pagado gastos hipotecarios y consideren que la cláusula es abusiva tienen un fundamento sólido para iniciar acciones legales. La sentencia del TJUE fortalece sus derechos al establecer claramente cuándo comienza el plazo de prescripción. Es recomendable buscar asesoramiento legal especializado para evaluar la viabilidad de la reclamación y proceder de manera efectiva.

La posición pro consumidor de la justicia europea abre una ventana de oportunidad para aquellos que han sido afectados por prácticas abusivas en los contratos hipotecarios. La claridad proporcionada por esta sentencia puede ser un paso significativo hacia la justicia y la protección de los derechos de los consumidores en el ámbito hipotecario.